El CNE negó la inscripción de Revolución Ciudadana para la campaña de la consulta popular 2025 que se desarrollará en noviembre.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió negar la calificación de la inscripción del movimiento Revolución Ciudadana, que había solicitado participar en la campaña por el NO en el referendo de 2025. La decisión se fundamentó en que no se cumplió con uno de los requisitos establecidos en la convocatoria para organizaciones políticas.
Documentación presentada al CNE por la Revolución Ciudadana para la consulta popular 2025
Según el informe de la Dirección Nacional de Organizaciones Políticas, Revolución Ciudadana entregó la documentación dentro del periodo habilitado, que comprendió del 23 al 27 de septiembre de 2025.
El expediente incluyó el formulario de inscripción firmado por la representante legal, la designación del responsable del manejo económico, del contador público autorizado y del jefe de campaña, además de la copia de la cédula de identidad de la representante legal. Todos estos requisitos fueron verificados y declarados como cumplidos.
El informe también detalló que el movimiento expresó su intención de respaldar la opción del ‘No’ en las dos preguntas del referéndum. Sin embargo, esta declaración debía estar sustentada por una resolución del órgano competente de acuerdo con el estatuto de la organización, lo cual fue el punto observado en el análisis.
Observación al acta de resolución interna
El documento presentado por Revolución Ciudadana fue un acta firmada por la presidenta y el secretario ejecutivo de la organización. En él se hacía referencia a decisiones adoptadas en sesiones internas, pero no se identificaba cuál fue el órgano que resolvió formalmente la postura frente al referendo.
De acuerdo con el artículo 15 del Régimen Orgánico del movimiento, la Convención Nacional es el máximo órgano de decisión y tiene la facultad de aprobar posiciones en consultas populares y referéndums. El informe técnico señaló que esta instancia no fue convocada ni consta como la responsable de la resolución, por lo que el requisito no se consideró cumplido.
Recomendación y conclusión del CNE
El análisis concluyó que, aunque la mayoría de los documentos requeridos se presentaron en regla, el acta de resolución interna no cumplió con lo estipulado en el estatuto de la organización política. Por esta razón, se determinó que el movimiento no verificó el requisito previsto en la convocatoria para inscribirse en la campaña del referendo.
En consecuencia, la Dirección Nacional de Organizaciones Políticas y la Coordinación Nacional Técnica de Participación Política recomendaron al Pleno del Consejo Nacional Electoral negar la inscripción de Revolución Ciudadana. La resolución fue notificada a la representante legal del movimiento, Luisa González Alcívar, conforme establece la normativa electoral vigente.
El Pleno del CNEa resolvió negar la inscripción del movimiento Revolución Ciudadana para la campaña del referéndum del 16 de noviembre de 2025. La decisión contó con el respaldo de la presidenta Diana Atamaint, el vicepresidente Enrique Pita y los consejeros José Merino y Elena Nájera, mientras que la consejera Esthela Acero optó por abstenerse.

